
Modificaciones principales en la Ley de Mecenazgo (Real Decreto-Ley 6/2023 de 19 de diciembre 2023)
1. Fomento del micromecenazgo y mejoras en las deducciones fiscales:
Para personas físicas: La base deducible en el IRPF aumenta de 150€ a 250€, permitiendo una deducción del 80% sobre esta base. Para el resto de la donación, la deducción se incrementa del 35% al 40%.
Para personas jurídicas: Las deducciones en el impuesto sobre sociedades aumentan del 35% al 40%.
Incentivo al mecenazgo sostenido: Para donaciones continuadas a la misma entidad durante dos años, la deducción aumenta al 45% para personas físicas y al 50% para personas jurídicas.
2. Ampliación del concepto de donación:
Se incluye la cesión de uso de bienes muebles e inmuebles como donaciones fiscalmente deducibles, ampliando el alcance de lo que se considera donación.
3. Extensión del convenio de colaboración:
Se reconoce explícitamente las aportaciones en especie y la prestación gratuita de servicios dentro del convenio de colaboración.
Los colaboradores pueden ahora difundir y publicitar su participación en estas colaboraciones.
4. Mecenazgo de reconocimiento o recompensa:
Se permite a los donantes obtener retornos simbólicos en forma de bienes o servicios, siempre que no superen el 15% del valor de la donación y con un límite de 25.000 €.
5. Expansión de exenciones en explotaciones económicas:
Se extienden las exenciones fiscales a actividades de desarrollo e innovación, servicios de inserción sociolaboral para personas en riesgo de exclusión, y enseñanza y formación profesional para estudiantes de altas capacidades, siempre que sean desarrolladas por entidades sin ánimo de lucro.
6. Automatización de exenciones en tributos locales:
Se simplifica y automatiza la aplicación de exenciones en tributos locales para bienes pertenecientes a entidades sin ánimo de lucro
Comentários